Cabildo Constituyente de la UTEM se define por la gratuidad de la educaci贸n p煤blica en todos los niveles

Autor: Consuelo|
La Nueva Constituci贸n debe consagrar la educaci贸n como derecho social en la totalidad de sus niveles: esta fue una de las principales conclusiones del Cabildo Constituyente de la UTEM, desarrollado en el Sal贸n de Honor de la Casa Central de la Casa de Estudios con la participaci贸n de acad茅micos/cas y funcionarios/as, incluyendo la Rectora Marisol Dur谩n.

La actividad se inscribi贸 en la decisi贸n del Consorcio de Universidades del Estado de Chile (CUECH) de realizar entre el 21 y 26 de marzo una serie de Encuentros Constituyentes en el marco de la redacci贸n de la Nueva Constituci贸n, como resultado de una solicitud emanada desde la Convenci贸n Constitucional. El llamado fue que las discusiones se centraran en las normas en proceso de votaci贸n, con el objetivo de llegar a deliberaciones concretas sobre la elaboraci贸n de la Nueva Carta Fundamental.

El Cabildo fue moderado por el director de Relaciones Nacionales e Internacionales de la UTEM, V铆ctor Osorio, y tuvo como referente para su debate tres propuestas de articulados sobre educaci贸n en la futura Carta Fundamental. En primer lugar, la Iniciativa Popular de Norma N掳 36.582, la que fue presentada por el CUECH. Luego, la Iniciativa Convencional Constituyente N掳 127鈥4, ingresada el 10 de enero, que 鈥渃onsagra el derecho a la educaci贸n y garantiza la libertad de ense帽anza鈥; y finalmente la Iniciativa Convencional Constituyente sobre la materia que fue ingresada el 1 de febrero

El Cabildo Constituyente de la UTEM concluy贸 que la Nueva Constituci贸n 鈥渄ebe consagrar en forma expresa y expl铆cita la gratuidad de la educaci贸n p煤blica en todos los niveles, incluyendo la educaci贸n superior鈥, como condici贸n para el ejercicio del derecho social a la educaci贸n que debe estipular la Carta Fundamental.

Asimismo, reflexion贸 que la Nueva Constituci贸n debe establecer, sin ambig眉edades, que por 鈥渆ducaci贸n p煤blica鈥 se debe entender la educaci贸n de car谩cter estatal; por tanto, 鈥渆l Sistema Nacional de Educaci贸n P煤blica estar谩 integrado por las instituciones estatales de educaci贸n, incluyendo la educaci贸n superior鈥. Se precis贸 que ello no debe ser comprendido como contradictorio con el car谩cter mixto de la educaci贸n chilena y con la diversidad de proyectos educativos.

El Cabildo concord贸 adem谩s que la Nueva Constituci贸n 鈥渄ebe consagrar en forma expresa la responsabilidad del Estado de financiar sus instituciones educacionales, lo que en el caso de la educaci贸n superior estatal significa aportes basales suficientes para garantizar la provisi贸n gratuita de educaci贸n鈥 y el desarrollo constante de las institucionales estatales de educaci贸n superior.

Los participantes coincidieron que la Nueva Constituci贸n no debe perseverar en la noci贸n de la actual Carta Fundamental, que debilita el derecho a la educaci贸n y la responsabilidad principal del Estado en garantizarla, al relevar la importancia de 鈥渓a libertad de ense帽anza鈥, entendida como 鈥渓a libertad de emprendimiento privado en la educaci贸n鈥. La Nueva Carta Fundamental 鈥渄ebe establecer el derecho social a la educaci贸n y el papel del Estado en garantizar ese derecho, asumiendo la educaci贸n como bien p煤blico鈥, se estableci贸.

El Cabildo Constituyente de la UTEM concluy贸 que la Nueva Constituci贸n debe establecer que el Sistema Nacional de Educaci贸n P煤blica debe estar sustentado en la promoci贸n de los derechos humanos; los principios de la no discriminaci贸n, la interculturalidad e inclusi贸n de la diversidad; un enfoque de g茅nero y no sexista; y la pertinencia territorial, social y cultural.

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